viernes, 25 de mayo de 2012

ARANCELES


EL UNIVERSO DE ACCION DEL ARQUITECTO

Los aranceles del colegio de arquitectos

  • Los aranceles sirven para saber cual es el porcentaje adecuado para los honorarios de los arquitectos, dependiendo del papel que desarrolle en la obra, algunos de los papeles más comunes son, gerencia de proyectos, supervisión de obra y asesoría administrativa


Otra parte de los pagos que realizan los consumidores se canaliza hacia las empresas nacionales productoras de los bienes arancelados en forma de mayores beneficios. Las empresas nacionales venden ahora su producción a un precio mayor y se embolsan la diferencia entre el nuevo precio vigente en el mercado y el costo marginal.

Por otro lado, al introducirse el arancel y al incrementarse el precio en el mercado nacional, ciertas empresas que antes no producían porque tenían costos marginales superiores al precio de venta, ahora se incorporan al mercado. La entrada en producción de estas empresas con costos marginales elevados supone una ineficiencia, o sea un costo para la sociedad provocado por el arancel. Los consumidores y la sociedad en general soportan un despilfarro cuando se establece un arancel, ya que los recursos derivados hacia la industria protegida por los aranceles se podrían utilizar eficientemente en otros sectores.

Además, los consumidores incurren en otro costo representando por la pérdida de excedente, originado por la disminución del consumo.

En definitiva, los aranceles originan ineficiencia económica, pues la pérdida ocasionada a los consumidores excede la suma de los ingresos arancelarios que obtiene el Estado y los beneficios extra que reciben los productores nacionales.

INTERVENCIONES:



v  Obra Nueva (incluye la ampliación de inmuebles).
v  Reacondicionamiento (modificación sin alterar la superficie).
v  Rehabilitación (sustitución total de partes de los inmuebles).
v   Remodelación (modificación del estado actual del inmueble).





El establecimiento de un arancel, en resumen, tiene cuatro efectos fundamentales:
• Anima a determinadas empresas ineficientes a producir.
• Induce a los consumidores a reducir sus compras del bien sobre el que se impone el arancel por debajo del nivel eficiente.
• Eleva los ingresos del Estado
• Permite que la producción nacional aumente.

Los aranceles son creados por el colegio de arquitectos en el cual se contemplan los distintos campos en  los que hoy en día el arquitecto participa
Prevé que en el futuro se eviten adopciones de tarifas diferentes en donde otras instituciones (principalmente  gubernamentales donde sus titulares no visualizan la responsabilidad que les compete a los profesionistas arquitectos.
ARANCELES

Los aranceles sirven para saber cuál es el porcentaje adecuado para los honorarios de los arquitectos, dependiendo del papel que desarrolle en la obra, algunos de los papeles más comunes son, gerencia de proyectos, supervisión de obra y asesoría administrativa.
OBJETIVO

El objetivo es la devolución total de la responsabilidad profesional que por hecho y derecho debe tener todo arquitecto cuando adquiere el compromiso de atender algún encargo solicitado por el cliente.
Titulo primero
Consta del marco legal que determina el estado hacia los profesionistas así como sus derechos y obligaciones
      Constitución política de los estados unidos mexicanos
      Reglamento de la ley reglamentaria del ejercicio profesional
      Código civil para el distrito federal
      Ley federal sobre metrología y normalización
OBJETIVO DE LA TARIFA
CONSTITUYEN EL OBJETO DE LA PRESENTE ARIFA LOS TRABAJOS DE ARQUITECCTURA REFERIDOS A LOS SIGUIENTES GENEROS DE OBRAS Y A TODAS AQUELLAS QUE PUEDAN CONSIDERARSE POR ANALOGIA:
·         ADMINISTRATIVA
·         AGROPECUARIA
·         ALAMCENAJE
·         BIENESTAR SOCIAL
·         CIENTIFICA( LABORATORIOS Y TALLERES)
·         COMERCIAL( EN TODAS SUS FORMAS).
·         COMUNITARIA
·         CULTURAL
·         DEPORTIVA
·         EDUCATIVA
·         FLOTANTE
·         FUNERARIA
·         HABITACIONAL( EN TODAS SUS FORMAS)
·         INSUDTRIAL
·         INFORMATIVA
·         PROFESIONAL
·         PENAL( EN TODAS SUS FORMAS)
·         RECREATIVA
·         RELIGIOSA
·         SALUD
·         SERVICIO PUBLICO
·         SUBTERRANEA
·         TRANSPORTE( EN TODAS SUS FORMAS)
·         TURISTICA ( EN TODAS SUS FORMAS)


MODALIDADES
      Obra Nueva (incluye la ampliación de inmuebles).
      Reacondicionamiento (modificación sin alterar la superficie).
      Rehabilitación (sustitución total de partes de los inmuebles).
       Remodelación (modificación del estado actual del inmueble).




OBJETIVOS ESPECÍFICOS
Los presentes objetivos son genéricos para los servicios que presta el Arquitecto durante el desarrollo de la obra y para los fines del servicio se clasifican en: Gerencia de Proyectos; Supervisión de obra; Asesoría Administrativa; y Verificación de obra.

1. Vigilar el apego de los trabajos a lo establecido en los proyectos ejecutivos, tanto urbanos como arquitectónicos, que sirvieron para la aprobación del contrato.
2. Vigilar el cumplimiento de los programas y emprender acciones que permitan prever o resolver problemas que pudieran afectar el tiempo de terminación de las obras.
3. Vigilar que la construcción cumpla con las especificaciones contempladas en el proyecto ejecutivo aprobado.
4. Vigilar que se cumpla con lo establecido en las cláusulas contractuales establecidas entre el constructor y el contratante de la obra.
5. Vigilar que el monto autorizado se destine para el fin que fue concedido.
6. Revisar y avalar el avance real de las obra, para estar en posibilidad de autorizar el pago de las estimaciones, cuando el sistema o modalidad del servicio prestado así lo requiera.
7. Ofrecer información de avance oportunamente, para que el propietario o contratante autorice los convenios o prórrogas de la obra.
8. Asentar en bitácora las instrucciones derivadas del proceso de ejecución de obra, así como todos los cambios que hayan sido previamente autorizados por la empresa de servicios para la Gerencia de Proyectos, Supervisión de Obra, Asesoría Administrativa o Verificación de Obra.

9. Participar en la revisión final de la obra para la aprobación del finiquito y elaborar el acta de entrega-recepción correspondiente.


HONORARIOS PARA LA GERENCIA DE PROYECTOS, SUPERVISIÓN DE OBRA Y ASESORÍA ADMINISTRATIVA

Los honorarios "H " de los servicios para la Gerencia de Proyectos, Supervisión de obra y Asesoría Administrativa, se obtendrán en función de la totalidad de la superficie construida y del costo directo de la obra, con arreglo a la siguiente fórmula:
En la que:

H = [(S)(C)(F)(I) / 100][K]

H.- Importe de los honorarios en moneda nacional.
S.- Superficie total por construir en metros cuadrados.
C.- Costo Directo por metro cuadrado de la construcción.
CD.-Costo Directo total de la construcción.
F.- Factor para la superficie por construir.
I.-Factor inflacionario, acumulado a la fecha de contratación, reportado por el Banco de México, S. A., cuyo valor mínimo no podrá ser menor de 1 (uno).
K.- Factor correspondiente a cada una de las actividades del encargo contratado.

HONORARIOS PARA LA GERENCIA DE PROYECTOS, SUPERVISIÓN
DE OBRA Y ASESORÍA ADMINISTRATIVA PARA PROYECTOS DE OBRA NUEVA

Por los servicios de Gerencia de Proyectos, Supervisión de Obra y Asesoría Administrativa de proyectos de Obra Nueva se cobrará el total de los honorarios que se obtengan con la aplicación de la fórmula establecida, tomando en consideración que dicho monto deberá distribuirse en el número de meses indicados en el programa de ejecución de la obra.

HONORARIOS PARA LA GERENCIA DE PROYECTOS, SUPERVISIÓN Y
ASESORÍA ADMINISTRATIVA PARA PROYECTOS DE AMPLIACIÓN,
REACONDICIONAMIENTO, REHABILITACIÓN Y REMODELACIÓN

Cuando los servicios de Gerencia de Proyectos, Supervisión de Obra y Asesoría Administrativa sean para obras de ampliación y reacondicionamiento de construcciones existentes, se cobrará el total de los honorarios en forma similar a la establecida para Proyectos de Obra Nueva, multiplicando el valor obtenido por los siguientes valores:
-Ampliación y Reacondicionamiento =(H) (1.15)
-Rehabilitación y Remodelación = (H) (1.30)






ETAPAS DE DESARROLLO DEL PROYECTO
plan conceptual 18%,
plan preliminar 20%,
 básico 18%
edificación 44%

ARANCELES DE SUPERVISIÓN DE OBRA PARA CONJUNTOS HABITACIONALES

Reglas para aplicación del arancel para el pago de los servicios de Supervisión Arquitectónica de la Edificación.
1. El arancel es un factor que permite determinar el importe de los honorarios de los profesionistas ó empresas para la supervisión arquitectónica de la edificación.
2. Se aplicará el arancel establecido para cada profesionista ó empresa supervisora.
3. Para cada conjunto habitacional se elaborará un contrato de supervisión independiente, en el cual se establecerá el importe de los honorarios.



APLICACIÓN DEL ARANCEL
Para el cálculo del importe de los honorarios de la supervisión, se aplicará el arancel que corresponda multiplicado por el monto total del contrato de obra.

H = (No. VIV)(C)(%)

H Honorarios
No. VIV Número de Viviendas
C Costo por vivienda
% Porcentaje establecido en el arancel para la supervisión de acuerdo al número de viviendas del conjunto habitacional.

Dicho arancel estará en función del número de viviendas aprobadas del conjunto habitacional. El pago de los honorarios de supervisión con cargo a cada contrato, se realizará en forma mensual y su importe será el que resulte, de la división del monto total contratado entre el número de meses del plazo originalmente autorizado al constructor para el desarrollo de la obra.


EJEMPLO DE APLICACIÓN DEL ARANCEL PARA EL PAGO DE LA SUPERVISIÓN DE CONJUNTOS HABITACIONALES.

FORMULA:
H = (No. VIV)(C)(%)

1.DETERMINACIÓN DE HONORARIOS PARA LA SUPERVISIÓN DE UN CONJUNTO HABITACIONAL DE 100 VIVIENDAS.

No. De viviendas = 100
Costo por vivienda = $200,000.00
Costo total = ($200,000.00)(100) = $20,000,000.00
Arancel = 2.0%
100 viviendas X $200,000.00/vívienda X 2.0% = $ 400,000.00
Para la supervisión de un conjunto habitacional de 100 viviendas el monto del contrato será por la cantidad de $400,000.00 más IVA.
2. DISTRIBUCIÓN DE LOS HONORARIOS.
El pago de los honorarios para la supervisión de un conjunto habitacional se distribuye en el número de meses requeridos para el desarrollo de la obra.
En el presente ejemplo el período contractual para el desarrollo de un conjunto habitacional de 100 viviendas es de 6 meses por lo tanto los honorarios de supervisión de obra se distribuyen de la forma siguiente:
$400,000.00/6 = 66,666.66 mensuales.

En el caso de atraso de obra imputable a la empresa constructora, ésta deberá pagara la empresa supervisora la parte correspondiente a los honorarios mensuales durante el tiempo que se requiera para la terminación de la obra.
En el caso de atraso no imputable a la empresa constructora, los honorarios de supervisión correspondientes al tiempo adicional requerido para la terminación de la obra serán pagados por la parte contratante de los servicios de supervisión.


TRAMITES Y GESTORIA


9.TRAMITACIÓN Y GESTORÍA

9.1Permisos y Licencias

La licencia de obras supone la autorización municipal para realizar las obras. Su fin es comprobar la adecuación de la solicitud de licencia a lo establecido en la normativa urbanística.

Están sujetos a licencia los actos de edificación y uso del suelo, como son:
ü  las parcelaciones urbanísticas.
ü  los movimientos de tierra
ü  las obras de nueva planta
ü  las modificaciones de estructura o aspecto exterior de las edificaciones existentes
ü  las obras que modifiquen la disposición interior de los edificios cualquiera que sea su uso.
ü  la primera utilización de los edificios y las modificaciones de uso de los mismos.
ü  el uso del vuelo sobre edificaciones e instalaciones en general
ü  las instalaciones subterráneas dedicadas a aparcamientos o cualquier otro uso.
ü  la demolición de construcciones
ü  la colocación de carteles de propaganda visibles desde la vía pública.
ü  la corta de árboles enclavados en terrenos dentro del Plan de Ordenación Urbana.
ü  los demás actos que se señalen en los Planes.

No están sujetas a licencia previa, pero si es necesaria su comunicación la realización de obras interiores en viviendas que no supongan cambios en las aberturas, paredes, pilares, techos, ni en la distribución interior del edificio.

La licencia de obras puede ser:
Licencia de obra mayor.
Licencia de obras menores

Licencia de obra mayor.
El motivo de la licencia puede ser por:
-Acondicionamiento de local
-Consolidación de edificios
-Nueva edificación
-Rehabilitación de edificios
-Restauración de edificios
-Licencia urbanística de obra mayor: Acondicionamiento de local sujeto al Reglamento de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas.
-Licencia de obra mayor por acondicionamiento de local
-Licencia de obra mayor por consolidación de edificios
El objeto de este tipo de obras consiste en afianzar, reforzar o restituir los elementos dañados para asegurar la estabilidad del edificio y mantener sus condiciones básicas de uso con posibles alteraciones menores de su estructura y distribución, siendo las principales características de las obras: refuerzos puntuales de cimentación, consolidación de fachadas, reparación de cubiertas...

Licencia de obra mayor por nueva edificación
Como licencia de obra mayor de nueva edificación existen los siguientes tipos:
- De nueva planta: obras de construcción en solares vacantes.
- De ampliación: se incrementa el volumen construido o la mayor ocupación en planta de edificaciones existentes.

Licencia de obras menores

Están sujetas a estas licencias aquellas obras que se caracterizan por ser de sencillez técnica y escasa entidad constructiva y económica, consistiendo normalmente en pequeñas obras de simple reparación, decoración, que no precisan de proyecto técnico firmado, ni de presupuestos altos.

En ningún caso suponen reestructuración, distribución o modificación sustancial de elementos estructurales, sino que son obras de pequeña importancia como pavimentación del suelo retejados, anuncios luminosos...


Documentación

Licencia de obra mayor de nueva edificación:

Nueva Planta:
- Instancia normalizada de solicitud
- Hoja de características y hoja estadística de edificación y vivienda.
- Tres proyectos técnicos suscritos por técnico competente y visados por el Colegio Oficial correspondiente, que incluyan plano topográfico de escala mínima 1:100 de la parcela del emplazamiento del edificio y proyecto básico con memoria de obras, presupuesto, planos acotados, anexo de prevención de incendios, datos para localizar la licencia y proyecto de infraestructuras comunes; o proyecto de ejecución, que es el que desarrolla el proyecto básico, con instalaciones, pliego de condiciones, presupuesto y mediciones, estudio de seguridad y salud, alzado de los tramos de calle a las que dará fachada, descripción documental como referencia de las circunstancias en que se construyó el edificio, detalle de los usos actuales y de los efectos de la ejecución de las obras...
- Acta de replanteo de alineaciones y rasantes en obras de nueva planta, ampliación o variación del uso objetivo de los edificios.

Licencia de obras menores:
La documentación a aportar depende de la actuación a realizar; en general se solicita:
- Instancia normalizada de solicitud.
- Fotografía del estado actual interior y exterior del local.
- Memoria descriptiva de la actuación a realizar.
- Presupuesto detallado.
- Estudio básico de seguridad.
- Croquis de actuación.
- Dirección facultativa.



La Factibilidad de Uso del Suelo, es el documento que otorga la "DIRECCION", a solicitud de parte interesada y en el cual se informa si el uso o destino que se pretende dar al "PREDIO" o "INMUEBLE" es compatible con lo establecido en el "PROGRAMA" y con las "LEYES", el "REGLAMENTO", "OTROS REGLAMENTOS" y "NORMAS" aplicables.

Con este documento el ciudadano puede conocer si es posible establecer un giro de uso diferente a casa habitación en un predio o inmueble.

Tramite: Todo aquel procedimiento que llevas a cabo para obtener un documento, cumplir una obligación, obtener algún permiso, o gozar de algún derecho, que es validado por el GDF y sus distintas dependencias.

TRAMITES RELACIONADOS CON USO DE SUELO
Cambio del uso del suelo, Artículo 74 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal (Información del Catálogo Único de Trámites y Servicios del GDF, en proceso de actualización por la CGMA-Contraloría General)

Certificación de zonificación de uso de suelo específico se llevará a cabo en la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda (SEDUVI), ubicada en Insurgentes Centro No. 149, Colonia San Rafael (Información del Catálogo Único de Trámites y Servicios del GDF, en proceso de actualización por la CGMA-Contraloría General)

Licencia de subdivisión, fusión y relotificación de predios en superficies menores a 10 veces lote tipo(Información del Catálogo Único de Trámites y Servicios del GDF, en proceso de actualización por la CGMA-Contraloría General)


Trámites

1.-Certificado de Zonificación para Usos Permitidos
Se hacen constar todas las posibles formas de utilización para un predio determinado en función de la zonificación correspondiente.

2.-Certificado de Zonificación para Uso del Suelo Específico
Se hace constar si el aprovechamiento solicitado por el usuario es permitido o prohibido para un predio determinado o para aquel al que se le hubiera autorizado modificación al Programa Delegacional vigente, cambio de uso del suelo o delimitación de zona.

3.-Certificado único de Zonificación de Uso del Suelo Específico y Factibilidades
Los desarrollos que por su magnitud requieran presentar un estudio de impacto urbano y ambiental, serán estudiados por el Sistema de Aguas de la Ciudad de México en la Mesa de Evaluación de Proyectos para determinar las medidas de mitigación que en su caso se apliquen.
Asimismo, es necesario otorgar en lo general, la factibilidad en materia de vialidad en las delegaciones del Distrito Federal que cuenten con un PDDU versión 1997.

4.-Certificado de Acreditación de Uso del Suelo por Derechos
Se reconocen los derechos de uso del suelo que, por el aprovechamiento de manera legítima y continua, tienen los propietarios o causahabientes de un bien inmueble con anterioridad a la entrada en vigor de los Programas.

5.-Modificación de Uso del Suelo
Se atiende lo imprevisto en los Programas de Desarrollo Urbano en materia de modificación y cambios del uso del suelo.

6.-Sistema de Transferencia de Potencialidades de Desarrollo Urbano
Se transmiten los derechos excedentes o totales de intensidad de construcción permitida que le corresponden a un predio “emisor” a favor de un predio “receptor”.  Estos recursos se destinan al mejoramiento, rescate y protección de las “áreas de conservación patrimonial” y en su caso, de las áreas de actuación del suelo de conservación.

7.-Polígonos de Actuación
Es un instrumento para gestionar el suelo urbano consolidado y aprovechar el potencial en áreas de reciclamiento donde existen inmuebles habitados, con franco deterioro e infraestructura subutilizada, haciendo rentable la inversión en áreas donde el valor del suelo puede ser alto.

8.-Estudios de Impacto Urbano
Se dictaminan proyectos de vivienda con superficies de construcción mayores a 10 mil m2 y para proyectos de otros usos mayores a 5 mil m2. La evaluación permite prever las repercusiones que pudieran generar los desarrollos habitacionales, comerciales, de servicios, o aquellos considerados de riesgo sobre su entorno.